CONSIDERANDO:
I.- Que el Art. 3, inciso primero de la Constitución, establece el principio de que todas las personas son iguales ante la Ley, lo cual es reiterado a lo largo del texto constitucional, donde también se indica que, para el goce de los derechos que este principio implica, no podrán establecerse restricciones que se basen en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión; riesgo de ver disminuidos sus privilegios, donde las demandas y luchas de las mujeres siempre han estado presentes, pero han marcado muy poco las agendas políticas prioritarias. |